Todo lo que se puede solicitar viviendo en Ceuta: primero lo que solo existe aquí, después lo que gestiona la comunidad con plazos propios y por último las prestaciones estatales.
0 exclusivas · 7 gestionadas por la comunidad · 26 estatales
Solo en Ceuta
Todavía no hay fichas exclusivas de Ceuta
Mientras tanto, abajo tienes las ayudas que gestiona esta comunidad y todas las estatales.
Gestionadas por Ceuta
Programas comunes a varias comunidades, pero que aquí se convocan y resuelven con plazos, importes y presupuesto propios. Suelen agotarse por orden de entrada.
Ayuda mensual para pagar el alquiler dirigida a jóvenes con ingresos limitados. La financia el Estado pero la convoca cada comunidad autónoma, con sus propios plazos e importes, y se concede por orden de solicitud hasta agotar fondos.
Ayuda general al alquiler del Plan Estatal de Vivienda 2026-2030: cubre hasta el 40 % de la renta mensual a hogares con ingresos por debajo de cinco veces el IPREM. La convoca cada comunidad autónoma.
Dos vías que se pueden combinar: las subvenciones de rehabilitación que convocan las comunidades autónomas con fondos europeos y del Plan Estatal, y una deducción en el IRPF de hasta el 60 % por obras de eficiencia energética.
Sistema que reconoce un grado de dependencia y da acceso a servicios de ayuda a domicilio, centro de día o residencia, y a prestaciones económicas, incluida la de cuidados en el entorno familiar.
No da dinero por sí mismo, pero es la llave de casi todas las ayudas por discapacidad: deducciones en el IRPF, empleo protegido, descuentos y prioridad en convocatorias. El umbral clave está en el 33 %.
El título que da acceso a deducciones fiscales de hasta 1.200 € anuales en categoría general y 2.400 € en especial, además de descuentos en transporte, tasas, educación y el bono social eléctrico.
Ceuta y Melilla no cuentan con una renta mínima autonómica equivalente a la del resto de comunidades. La vía principal es el Ingreso Mínimo Vital, complementado con las ayudas sociales y de vivienda de cada ciudad.
Cuantía
según la ayuda solicitada
Organismo
Comunidades autónomas
Ayudas estatales que puedes pedir desde Ceuta
Se rigen por normativa estatal, así que los requisitos y las cuantías son los mismos en todo el territorio.
La prestación contributiva del SEPE, el paro de toda la vida. Se cobra el 70 % de la base de cotización los primeros seis meses y el 60 % después, entre 4 y 24 meses según lo cotizado.
Prestación de la Seguridad Social que garantiza unos ingresos mínimos a los hogares con rentas insuficientes. En 2026 parte de 733,60 € al mes para una persona sola y llega a más de 1.600 € en hogares numerosos.
La pensión contributiva de jubilación. En 2026 se accede a los 66 años y 10 meses, o a los 65 si se acreditan 38 años y 3 meses cotizados. Hacen falta 15 años cotizados como mínimo.
Ayuda del SEPE para quien ha agotado el paro o no llegó a generarlo. Desde la reforma se cobra por tramos decrecientes: 570 € los primeros seis meses, 540 € los seis siguientes y 480 € a partir de ahí.
La antigua baja de maternidad y paternidad, unificada. En 2026 son 19 semanas por progenitor (17 por el nacimiento más 2 de cuidado parental) y se cobra el 100 % de la base de cotización, exento de IRPF.
Permite jubilarse antes de la edad ordinaria a cambio de una reducción permanente de la pensión. La voluntaria arranca a los 63 años con carrera larga; la involuntaria, por despido, a los 61.
Descuento directo en la factura de la luz para hogares vulnerables. En 2026 se aplica un 42,5 % al consumidor vulnerable y un 57,5 % al vulnerable severo, y lo tramita gratis tu propia comercializadora.
El subsidio más protector del sistema: 480 € al mes que se pueden cobrar hasta la edad de jubilación y que además cotizan por el 125 % de la base mínima, mejorando la futura pensión.
Prestación que sustituye al salario mientras dura una baja médica. Por enfermedad común se cobra el 60 % de la base reguladora del día 4 al 20 y el 75 % a partir del día 21; por accidente laboral, el 75 % desde el primer día.
Ayuda mensual por cada menor a cargo vinculada al Ingreso Mínimo Vital: 115 € hasta los 3 años, 80,50 € de 3 a 6 y 57,50 € de 6 a 18. Sus umbrales de renta son más amplios que los del IMV.
El nuevo programa estatal que sustituye al MOVES III. Hasta 4.500 € de ayuda para particulares y 6.000 € para autónomos y pymes, más un descuento obligatorio de 1.000 € del concesionario, sin necesidad de achatarrar.
Pensión vitalicia para el cónyuge o pareja de hecho superviviente. Se calcula aplicando entre el 52 % y el 70 % sobre la base reguladora del fallecido, con cuantías mínimas garantizadas.
Línea de avales del Instituto de Crédito Oficial que cubre hasta el 20 % de la hipoteca —25 % con buena calificación energética— para que jóvenes y familias con hijos puedan comprar sin ahorrar el 20 % de entrada.
Pensión para quien no puede seguir trabajando por una limitación permanente. Hay cuatro grados, desde una indemnización única en la parcial hasta el 100 % de la base reguladora más complemento en la gran invalidez.
Deducción en el IRPF de hasta 1.200 € al año por cada hijo menor de tres años, que puede cobrarse anticipadamente a razón de 100 € al mes. Se amplía hasta 1.000 € más si se pagan gastos de guardería.
Permite compatibilizar la pensión de jubilación con seguir trabajando, por cuenta ajena o propia. Se cobra desde el 45 % de la pensión y sube hasta el 100 % según los años que se demore la jubilación.
Pensión para quien no ha cotizado lo suficiente para una contributiva. En 2026 son 628,80 € al mes en 14 pagas, con dos modalidades: jubilación a partir de los 65 años e invalidez desde los 18 con discapacidad reconocida.
El equivalente al paro para trabajadores por cuenta propia. Paga el 70 % de la base reguladora los primeros 180 días y el 50 % después, con una duración de 4 a 24 meses según lo cotizado.
Convocatoria general de becas para estudios postobligatorios: universidad, bachillerato, FP y enseñanzas artísticas. Cubre la matrícula y añade cuantías fijas por renta, residencia y excelencia, más una cuantía variable.
La única prestación familiar por hijo a cargo que sigue vigente. Paga 1.000 € al año por menor con discapacidad del 33 %, y hasta 8.942,40 € cuando el hijo mayor de edad tiene un 75 % y necesita ayuda de tercera persona.
Cuota reducida de 80 € al mes durante los primeros 12 meses de alta como autónomo, con posibilidad de prorrogarla otro año si los rendimientos netos no superan el salario mínimo.
Suma 36,90 € al mes por cada hijo, con un máximo de cuatro, a las pensiones de jubilación, incapacidad permanente y viudedad. Se cobra en 14 pagas e incrementa la pensión de forma permanente.
Permite reducir la jornada al menos un 50 % para cuidar a un hijo con cáncer u otra enfermedad grave sin perder salario: la Seguridad Social abona la parte de jornada reducida.
Ayudas del Ministerio de Educación para alumnado con discapacidad, TEA, TDAH, trastornos graves de conducta o del lenguaje y altas capacidades. Cubren reeducación pedagógica, transporte y material.
Pensión para los hijos de una persona fallecida: el 20 % de su base reguladora por cada uno. Se cobra hasta los 21 años, o hasta los 25 si el huérfano estudia o tiene ingresos por debajo del SMI.
Ayuda de 480 € al mes que dejó de admitir nuevas solicitudes tras la reforma del nivel asistencial. Quien la tenía reconocida puede seguir cobrándola; el resto debe acudir al subsidio ordinario o al Ingreso Mínimo Vital.