Prestación de la Seguridad Social que garantiza unos ingresos mínimos a los hogares con rentas insuficientes. En 2026 parte de 733,60 € al mes para una persona sola y llega a más de 1.600 € en hogares numerosos.
La antigua baja de maternidad y paternidad, unificada. En 2026 son 19 semanas por progenitor (17 por el nacimiento más 2 de cuidado parental) y se cobra el 100 % de la base de cotización, exento de IRPF.
Ayuda general al alquiler del Plan Estatal de Vivienda 2026-2030: cubre hasta el 40 % de la renta mensual a hogares con ingresos por debajo de cinco veces el IPREM. La convoca cada comunidad autónoma.
Ayuda mensual por cada menor a cargo vinculada al Ingreso Mínimo Vital: 115 € hasta los 3 años, 80,50 € de 3 a 6 y 57,50 € de 6 a 18. Sus umbrales de renta son más amplios que los del IMV.
Pensión vitalicia para el cónyuge o pareja de hecho superviviente. Se calcula aplicando entre el 52 % y el 70 % sobre la base reguladora del fallecido, con cuantías mínimas garantizadas.
Línea de avales del Instituto de Crédito Oficial que cubre hasta el 20 % de la hipoteca —25 % con buena calificación energética— para que jóvenes y familias con hijos puedan comprar sin ahorrar el 20 % de entrada.
Deducción en el IRPF de hasta 1.200 € al año por cada hijo menor de tres años, que puede cobrarse anticipadamente a razón de 100 € al mes. Se amplía hasta 1.000 € más si se pagan gastos de guardería.
La única prestación familiar por hijo a cargo que sigue vigente. Paga 1.000 € al año por menor con discapacidad del 33 %, y hasta 8.942,40 € cuando el hijo mayor de edad tiene un 75 % y necesita ayuda de tercera persona.
El título que da acceso a deducciones fiscales de hasta 1.200 € anuales en categoría general y 2.400 € en especial, además de descuentos en transporte, tasas, educación y el bono social eléctrico.
Permite reducir la jornada al menos un 50 % para cuidar a un hijo con cáncer u otra enfermedad grave sin perder salario: la Seguridad Social abona la parte de jornada reducida.
Pensión para los hijos de una persona fallecida: el 20 % de su base reguladora por cada uno. Se cobra hasta los 21 años, o hasta los 25 si el huérfano estudia o tiene ingresos por debajo del SMI.
La renta mínima de Andalucía, vinculada a un plan de inserción. Va desde 733,60 € mensuales para una persona sola hasta 1.613,92 € en las unidades familiares más numerosas.
La renta mínima de la Comunidad de Madrid. Combina una prestación básica con un complemento variable según el número de personas del hogar, hasta unos 1.134 € mensuales, y va unida a un plan de inserción.
La renta mínima de la Comunidad Valenciana, con cuatro modalidades según si tienes ingresos previos y si firmas el acuerdo de inclusión social. Incluye complementos de alquiler, infancia e incentivo al empleo.
La renta mínima de Cataluña. Se calcula sobre el IRSC, fijado en 778,49 € mensuales en 2026 para una persona sola, y sube por tramos hasta el 182 % en hogares de cinco o más miembros.
La renta mínima de Galicia, calculada sobre el IPREM. El tramo personal y familiar tiene un tope del 125 % del IPREM sin menores (750 € en 2026) y del 140 % con menores (840 €).
La renta mínima del País Vasco, gestionada por Lanbide. Parte de una cuantía base de 583,07 € que se incrementa según el tamaño del hogar y los complementos, hasta 874,61 € para una persona sola.
La renta mínima de Canarias, que sustituyó a la Prestación Canaria de Inserción. Es un derecho subjetivo, se percibe de forma ininterrumpida mientras persistan las circunstancias y no exige renovaciones.
La renta mínima de Castilla y León, de hasta 780 € mensuales, con un complemento por cada miembro adicional del hogar y un plan personalizado de inserción laboral.
La renta mínima del Principado de Asturias. Parte de 461,72 € mensuales para una persona sola y suma complementos vitales del 10 % por menores y jóvenes y del 5 % por dependencia o discapacidad.
La renta mínima de Castilla-La Mancha, calculada sobre el IPREM: el 60 % para una persona sola y un 6,6 % adicional por cada miembro más del hogar, con un suelo garantizado de 50 € al mes.
La renta mínima de Navarra, de las más altas de España. Parte de 810 € mensuales para una persona sola y llega hasta 1.620 € con los incrementos por cada miembro adicional del hogar.
La renta mínima de la Región de Murcia. La valoran los servicios sociales municipales y la resuelve el IMAS. Se concede por un año, con comprobación de requisitos a los seis meses.
La renta mínima de Extremadura, calculada sobre el IPREM: el 100 % para una persona sola y hasta el 160 % en hogares numerosos. Solo exige seis meses de empadronamiento.
La renta mínima de las Islas Baleares. Va desde unos 757,63 € mensuales para una persona sola hasta cerca de 1.666 € en las unidades de convivencia más numerosas.
La renta mínima de La Rioja, que sustituyó al antiguo Ingreso Mínimo de Inserción. Equivale al 80 % del IPREM, unos 480 € mensuales, y varía según los ingresos de la unidad de convivencia.
La renta mínima de Cantabria. Parte de unos 420 € mensuales para una persona sola sin ingresos y no puede superar el 125 % del IPREM. Desde 2026 se puede seguir cobrando temporalmente al empezar a trabajar.
La renta mínima histórica de Aragón, hoy en extinción y sin nuevas solicitudes. Quien la tenía reconocida puede seguir percibiéndola; el resto debe acudir a la Prestación Aragonesa Complementaria del Ingreso Mínimo Vital.
Ceuta y Melilla no cuentan con una renta mínima autonómica equivalente a la del resto de comunidades. La vía principal es el Ingreso Mínimo Vital, complementado con las ayudas sociales y de vivienda de cada ciudad.