Renta Valenciana de Inclusión 2026: modalidades, requisitos y solicitud
La renta mínima de la Comunidad Valenciana, con cuatro modalidades según si tienes ingresos previos y si firmas el acuerdo de inclusión social. Incluye complementos de alquiler, infancia e incentivo al empleo.
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Datos de la ayuda
- Cuantía
- según modalidad y hogar
- Plazo de solicitud
- Todo el año, sin convocatoria
- Lo gestiona
- Consejerías de las comunidades autónomas
- Dónde se aplica
- Comunidad Valenciana
- Cómo se tramita
- Presencial · Internet
- Dificultad del trámite
- Compleja
- Tiempo de solicitud
- 45 minutos
- Plazo de resolución
- hasta 6 meses
Te lleva a la sede electrónica de Comunidades autónomas
Datos verificados el 28 de julio de 2026 por Redacción.
La Renta Valenciana de Inclusión es la prestación de garantía de ingresos de la Comunitat Valenciana, y su rasgo distintivo es que no es una sola ayuda sino cuatro modalidades, pensadas para situaciones distintas.
La división principal es entre rentas de garantía, para quien no tiene ingresos, y rentas complementarias, para quien los tiene pero insuficientes. Dentro de las de garantía, la diferencia está en si se firma o no el acuerdo de inclusión social: quien lo suscribe accede a la modalidad de inclusión social (RGIS) y quien no, a la de ingresos mínimos (RGIM).
Esa arquitectura la hace más flexible que otras rentas autonómicas, porque cubre también a quien trabaja o cobra una pensión baja, en lugar de exigir carecer por completo de ingresos.
El requisito de arraigo admite dos vías: 15 meses de residencia continuada o 5 años dentro de los últimos 10, lo que facilita el acceso a personas con trayectorias vitales discontinuas.
Cuánto se cobra
| Concepto | Importe | Periodicidad |
|---|---|---|
| Renta de garantía de inclusión social (RGIS)Para quien suscribe voluntariamente el acuerdo de inclusión social | según composición del hogar | al mes |
| Renta de garantía de ingresos mínimos (RGIM)Cuando no hay menores en la unidad y no se firma acuerdo de inclusión | según composición del hogar | al mes |
| Renta complementaria de ingresos por prestacionesPara hogares cuyos ingresos proceden de pensiones o prestaciones sociales | diferencia hasta la cuantía garantizada | al mes |
| Complemento de vivienda o alquiler | complemento adicional | al mes |
| Complemento de infanciaPor menores en la unidad de convivencia | complemento adicional | al mes |
| Complemento de incentivo al empleoPara que aceptar un trabajo no suponga perder la prestación de golpe | complemento adicional | al mes |
Requisitos
Hay que cumplir los 4 requisitos a la vez. Si falla uno, se deniega la solicitud.
Residencia habitual en la Comunitat Valenciana
15 meses continuados inmediatamente anteriores a la solicitud, o bien 5 años dentro de los últimos 10. La doble vía facilita el acceso a quien ha tenido periodos fuera.
Encontrarse en situación de vulnerabilidad económica
Los ingresos de la unidad de convivencia deben ser inferiores a la cuantía máxima que le correspondería, con el margen que fija la norma.
Acreditar vulnerabilidad social mediante diagnóstico
Lo realizan los servicios sociales municipales. Es el documento técnico que sostiene el expediente.
Haber solicitado las prestaciones a las que se tenga derecho
Incluido el Ingreso Mínimo Vital y cualquier pensión o prestación estatal.
Requisitos que solo aplican a algunos perfiles
- Suscribir el acuerdo de inclusión social — Solo para la modalidad RGIS. Quien no lo firma accede a la RGIM, con condiciones distintas.
- Tener menores a cargo — Determina cuál de las dos modalidades de garantía corresponde y da acceso al complemento de infancia.
Documentación necesaria
Prepara estos documentos antes de empezar. Presentar la solicitud incompleta es la causa más habitual de retraso.
Modelo oficial de solicitud de la Generalitat Valenciana
DNI, NIE o pasaporte de todos los miembros de la unidad de convivencia
Certificado de empadronamiento histórico y colectivo
Debe acreditar los 15 meses continuados o los 5 años en los últimos 10.
Diagnóstico social de los servicios sociales municipales
Acredita la situación de vulnerabilidad social. Sin él no hay expediente.
Resolución de las prestaciones estatales solicitadas
Del Ingreso Mínimo Vital y de cualquier otra pensión o prestación.
Justificantes de ingresos de la unidad de convivencia
Certificado de titularidad de la cuenta bancaria
Contrato de alquiler y justificantes de pago(solo en algunos casos)
Para el complemento de vivienda.
Cómo solicitar Renta Valenciana de Inclusión (RVI) paso a paso
Paso 1: Solicita antes el Ingreso Mínimo Vital
Es requisito previo, como en casi todas las rentas autonómicas. Guarda la resolución, sea de concesión o de denegación: en la Comunitat Valenciana ambos escenarios tienen recorrido, porque existen modalidades complementarias.
Canal: InternetDuración estimada: 45 minutos
Paso 2: Pide cita en los servicios sociales de tu municipio
Son quienes realizan el diagnóstico de vulnerabilidad social, imprescindible para el expediente, y quienes te orientan sobre qué modalidad de RVI encaja con tu situación. La solicitud se presenta en el municipio donde resides.
Canal: PresencialDuración estimada: según el municipio
Paso 3: Identifica qué modalidad te corresponde
Si no tienes ingresos, será una renta de garantía; si los tienes pero son insuficientes, una complementaria. Y dentro de las de garantía, firmar el acuerdo de inclusión social te sitúa en la RGIS. No es una elección menor: cambia condiciones y complementos.
Canal: PresencialDuración estimada: 30 minutos
Paso 4: Presenta la solicitud
En el municipio de residencia o por la sede electrónica de la Generalitat Valenciana. Marca los complementos que te correspondan: vivienda, infancia e incentivo al empleo se conceden por separado.
Canal: InternetDuración estimada: 45 minutosAbrir el trámite
Paso 5: Cumple el acuerdo de inclusión si lo has firmado
Recoge las medidas de inserción acordadas con los servicios sociales. Su cumplimiento condiciona el mantenimiento de la modalidad RGIS.
Canal: PresencialDuración estimada: según el itinerario
Fechas y plazos
| Trámite | Fecha |
|---|---|
| Presentación de la solicitud | Cualquier día del año |
| ResoluciónEn la práctica los tiempos varían mucho según el municipio | Hasta 6 meses |
| Residencia exigida | 15 meses continuados o 5 años en los últimos 10 |
| DuraciónCon revisiones periódicas | Mientras se cumplan los requisitos |
Las cuatro modalidades y cuál te corresponde
Entender la estructura ahorra viajes en balde a los servicios sociales.
Rentas de garantía — para quien no tiene ingresos, o los tiene muy por debajo del umbral:
- RGIS (Renta de garantía de inclusión social). Cuando la persona titular o las beneficiarias suscriben voluntariamente el acuerdo de inclusión social. Es la modalidad con itinerario de inserción.
- RGIM (Renta de garantía de ingresos mínimos). Cuando no hay menores en la unidad de convivencia y no se firma el acuerdo de inclusión.
Rentas complementarias — para quien sí tiene ingresos, pero insuficientes:
- Renta complementaria de ingresos por prestaciones. Para hogares cuyos ingresos proceden de pensiones o prestaciones sociales. Cubre la diferencia hasta la cuantía garantizada.
- Renta complementaria de ingresos del trabajo. Pensada para complementar salarios bajos. Conviene confirmar su disponibilidad en la sede antes de contar con ella, porque su desarrollo ha ido por detrás del resto.
La consecuencia práctica más útil: cobrar una pensión baja o un salario reducido no te deja fuera. En otras comunidades sí sucede, y mucha gente ni pregunta.
Los complementos que se piden aparte
Además de la prestación base, la RVI incorpora complementos que se conceden por separado y que muchas solicitudes no marcan:
- Complemento de vivienda o alquiler. Para quien paga alquiler de su vivienda habitual. Hay que aportar contrato y justificantes bancarios de pago.
- Complemento de infancia. Por menores en la unidad de convivencia.
- Complemento de incentivo al empleo. Permite que, al empezar a trabajar, no se descuente inmediatamente todo el nuevo ingreso. Es el mecanismo que evita que aceptar un trabajo salga a perder.
Dos recomendaciones:
- Pregunta expresamente por los tres al presentar la solicitud. No siempre se ofrecen de oficio.
- Paga el alquiler por transferencia. El complemento de vivienda exige justificar los pagos, y el efectivo no suele admitirse.
Las cuantías concretas de la prestación y de cada complemento se actualizan periódicamente. Antes de hacer cuentas, confírmalas en la sede de la Generalitat: es el único sitio donde la cifra está garantizada al día.
Errores que hacen perder la ayuda
Motivos reales de denegación o retraso que se pueden evitar antes de presentar la solicitud.
Descartar la RVI por tener una pensión o un salario bajo
Se pierde la modalidad complementaria, que existe justo para eso
Cómo evitarlo: Dos de las cuatro modalidades son complementarias. Tener ingresos insuficientes no te excluye: te sitúa en otra modalidad.
Acudir sin el diagnóstico social
Expediente incompleto que no puede valorarse
Cómo evitarlo: Pide cita en los servicios sociales de tu municipio: son quienes realizan el diagnóstico de vulnerabilidad social, requisito imprescindible.
No solicitar los complementos
Se cobra menos de lo que corresponde
Cómo evitarlo: Vivienda, infancia e incentivo al empleo se conceden por separado. Pregunta expresamente por los tres.
Presentar el volante de empadronamiento actual
No se acredita la residencia exigida
Cómo evitarlo: Pide el certificado histórico: debe probar 15 meses continuados o 5 años dentro de los últimos 10.
Preguntas frecuentes
¿Cuántas modalidades tiene la Renta Valenciana de Inclusión?
Cuatro: dos de garantía (RGIS, con acuerdo de inclusión social, y RGIM, sin él y sin menores en el hogar) y dos complementarias (para ingresos procedentes de prestaciones y para ingresos del trabajo).
¿Puedo pedirla si cobro una pensión?
Sí. Existe una modalidad complementaria de ingresos por prestaciones pensada exactamente para hogares cuyos ingresos vienen de pensiones o prestaciones sociales y no llegan a la cuantía garantizada.
¿Cuánto tiempo hay que llevar viviendo en la Comunitat?
15 meses continuados inmediatamente anteriores a la solicitud, o bien 5 años dentro de los últimos 10. La doble vía facilita el acceso a quien ha tenido periodos fuera.
¿Dónde se solicita?
En el municipio donde resides, a través de los servicios sociales, que además realizan el diagnóstico de vulnerabilidad social. También por la sede electrónica de la Generalitat Valenciana.
¿Qué complementos existen?
De vivienda o alquiler, de infancia y de incentivo al empleo. Se conceden aparte de la prestación base y conviene solicitarlos expresamente.
¿Cuánto se cobra exactamente?
Depende de la modalidad, de la composición del hogar y de los complementos que correspondan. Las cuantías se actualizan periódicamente: confírmalas en la sede de la Generalitat antes de hacer cuentas.
Compatibilidad con otras ayudas
La RVI está diseñada precisamente para complementar otros ingresos, no solo para sustituirlos. Dos de sus cuatro modalidades son complementarias: una para quien cobra pensiones o prestaciones y otra para quien tiene ingresos del trabajo insuficientes.
Eso la hace compatible con el Ingreso Mínimo Vital, con pensiones no contributivas y con prestaciones del SEPE, computando esos ingresos para calcular la diferencia que corresponde abonar.
Es compatible con las ayudas municipales de emergencia, con las ayudas al alquiler y con el bono social eléctrico.
Incorpora además complementos propios —de alquiler o de vivienda, de infancia y de incentivo al empleo— que se suman a la prestación base cuando concurren las circunstancias.
Fuentes oficiales
Toda la información de esta página procede de estos documentos. Si hay discrepancia, prevalece siempre la fuente oficial.
- Renta Valenciana de Inclusión — Generalitat Valenciana
Organismo gestor · Generalitat Valenciana · Consultada el 28 de julio de 2026
Esta ayuda interesa a
Comunidades donde se convoca
Esta página es informativa y no sustituye al asesoramiento de la Administración. Las cuantías y los requisitos pueden cambiar con cada convocatoria o con la publicación de nueva normativa en el BOE. Si detectas un dato desactualizado, avísanos.
Otras ayudas que puedes pedir
Seleccionadas por afinidad con tu situación. Muchas son compatibles entre sí y se pueden cobrar a la vez.
Renta Garantizada de Ciudadanía (RGC)
La renta mínima de Cataluña. Se calcula sobre el IRSC, fijado en 778,49 € mensuales en 2026 para una persona sola, y sube por tramos hasta el 182 % en hogares de cinco o más miembros.
- Cuantía
- desde 778,49 € al mes
- Organismo
- Comunidades autónomas
Renta de Inclusión Social de Galicia (RISGA)
La renta mínima de Galicia, calculada sobre el IPREM. El tramo personal y familiar tiene un tope del 125 % del IPREM sin menores (750 € en 2026) y del 140 % con menores (840 €).
- Cuantía
- hasta 750 u 840 € al mes
- Organismo
- Comunidades autónomas
Ingreso Mínimo Vital (IMV)
Prestación de la Seguridad Social que garantiza unos ingresos mínimos a los hogares con rentas insuficientes. En 2026 parte de 733,60 € al mes para una persona sola y llega a más de 1.600 € en hogares numerosos.
- Cuantía
- desde 733,60 € al mes
- Organismo
- Seguridad Social
Renta de Garantía de Ingresos (RGI)
La renta mínima del País Vasco, gestionada por Lanbide. Parte de una cuantía base de 583,07 € que se incrementa según el tamaño del hogar y los complementos, hasta 874,61 € para una persona sola.
- Cuantía
- hasta 874,61 € al mes
- Organismo
- Comunidades autónomas
Renta Mínima de Inserción Social (RMISA)
La renta mínima de Andalucía, vinculada a un plan de inserción. Va desde 733,60 € mensuales para una persona sola hasta 1.613,92 € en las unidades familiares más numerosas.
- Cuantía
- de 733,60 a 1.613,92 € al mes
- Organismo
- Comunidades autónomas
Renta Mínima de Inserción (RMI Madrid)
La renta mínima de la Comunidad de Madrid. Combina una prestación básica con un complemento variable según el número de personas del hogar, hasta unos 1.134 € mensuales, y va unida a un plan de inserción.
- Cuantía
- hasta 1.134 € al mes
- Organismo
- Comunidades autónomas