Ingreso Mínimo Vital 2026: requisitos, cuantías y cómo solicitarlo
Prestación de la Seguridad Social que garantiza unos ingresos mínimos a los hogares con rentas insuficientes. En 2026 parte de 733,60 € al mes para una persona sola y llega a más de 1.600 € en hogares numerosos.
Actualizado el Verificado contra fuente oficial el 3 fuentes oficiales
Datos de la ayuda
- Cuantía
- desde 733,60 € al mes
- Plazo de solicitud
- Todo el año, sin convocatoria
- Lo gestiona
- Instituto Nacional de la Seguridad Social
- Dónde se aplica
- Toda España
- Cómo se tramita
- Internet · Presencial · Correo postal
- Dificultad del trámite
- Compleja
- Tiempo de solicitud
- 45-60 minutos
- Plazo de resolución
- hasta 6 meses
Te lleva a la sede electrónica de Seguridad Social
Datos verificados el 28 de julio de 2026 por Redacción.
El Ingreso Mínimo Vital es la prestación estatal que garantiza un nivel mínimo de ingresos a los hogares que no llegan a fin de mes. No es una ayuda puntual ni una convocatoria con plazo: es un derecho subjetivo, se puede pedir cualquier día del año y, si se cumplen los requisitos, la Seguridad Social está obligada a reconocerlo.
Funciona como un complemento, no como una cantidad fija. La Administración calcula cuánto debería ingresar tu hogar según su composición —lo que llama renta garantizada— y te abona la diferencia con lo que ya ingresas. Por eso dos familias con el mismo número de miembros pueden cobrar cantidades muy distintas.
En 2026 las cuantías se revalorizaron un 11,4 %, una subida muy por encima de la inflación, lo que sitúa el importe de una persona sola en 733,60 € mensuales. Es también la prestación con más solicitudes denegadas del sistema, casi siempre por errores evitables en la documentación o por no entender cómo se computan las rentas.
Calcula cuánto te correspondería
Introduce quién vive en tu hogar y cuánto entra al mes. El cálculo se hace en tu navegador con las cuantías oficiales vigentes: no se envía ni se guarda ningún dato.
Calcula tu estimación
Suma de todo lo que entra al mes: nóminas, pensiones, prestaciones. Usa el promedio del año pasado, que es lo que mira la Seguridad Social.
Estimación mensual
733,60 €
al mes, sumando el IMV y el complemento de infancia
- Renta garantizada1 miembro · coeficiente 1
- 733,60 €
- Menos tus ingresos
- −0 €
- Ingreso Mínimo Vital
- 733,60 €
Cálculo: 733,60 € × coeficiente − ingresos. Cifras de 2026. Nada de lo que escribes sale de tu navegador.
Cuánto se cobra
| Concepto | Importe | Periodicidad |
|---|---|---|
| Beneficiario individual (una persona sola)Es la cuantía de referencia sobre la que se calculan el resto | 733,60 € | al mes |
| Unidad de convivencia con 5 o más miembrosImporte máximo de renta garantizada en 2026 | hasta 1.613,92 € | al mes |
| Complemento de monoparentalidadPara un solo adulto con al menos un menor a cargo | importe adicional | al mes |
| Complemento de ayuda para la infancia, menores de 3 añosPor cada menor. Se suma al IMV | 115,00 € | al mes |
| Complemento de ayuda para la infancia, de 3 a 6 añosPor cada menor | 80,50 € | al mes |
| Complemento de ayuda para la infancia, de 6 a 18 añosPor cada menor | 57,50 € | al mes |
Requisitos
Hay que cumplir los 6 requisitos a la vez. Si falla uno, se deniega la solicitud.
Residencia legal y efectiva en España durante al menos un año
Se cuenta el año inmediatamente anterior a la solicitud. Hay excepciones para menores incorporados a la unidad de convivencia, víctimas de trata y explotación sexual, y mujeres víctimas de violencia de género.
Tener entre 23 y 65 años
A partir de los 65 corresponde la pensión no contributiva de jubilación. Desde los 18 se puede pedir si hay menores a cargo, si eres joven extutelado o en los casos de violencia de género y trata.
Encontrarse en situación de vulnerabilidad económica
El promedio mensual de ingresos y rentas del año anterior debe ser inferior a la renta garantizada que corresponda a tu unidad de convivencia.
No superar el límite de patrimonio
Se computa el patrimonio neto excluyendo la vivienda habitual. El límite crece con el número de miembros del hogar y es más estricto en el llamado test de activos.
Haber solicitado las demás prestaciones a las que tengas derecho
El IMV es la última red. Si tienes derecho a una pensión, a un subsidio del SEPE o a una prestación por hijo a cargo, tienes que haberla pedido antes.
Estar inscrito como demandante de empleo
Se exige a las personas mayores de edad que no trabajan. Hay un margen para inscribirse tras presentar la solicitud.
Requisitos que solo aplican a algunos perfiles
- Unidad de convivencia constituida desde hace al menos seis meses — Solo cuando se solicita como hogar y no de forma individual. No se exige si la unidad se formó por nacimiento, adopción, separación acreditada o fallecimiento.
- Vivir solo o con otras personas durante al menos tres años — Requisito adicional para quien solicita el IMV de forma individual con menos de 30 años, salvo en los supuestos exceptuados.
Documentación necesaria
Prepara estos documentos antes de empezar. Presentar la solicitud incompleta es la causa más habitual de retraso.
DNI, NIE o pasaporte de todos los miembros del hogar
Para menores sin documento propio sirve el libro de familia.
Certificado de empadronamiento colectivo e histórico
Debe acreditar quién vive en el domicilio y desde cuándo. Es el documento que más solicitudes retrasa.
Libro de familia o certificados de nacimiento
Acredita el vínculo entre los miembros de la unidad de convivencia.
Certificado de titularidad de la cuenta bancaria
El solicitante debe figurar como titular, no basta con ser autorizado.
Documentación acreditativa de los ingresos del año anterior(solo en algunos casos)
Nóminas, certificados de prestaciones o declaración de la renta. La Seguridad Social consulta muchos datos de oficio, pero conviene tenerlos.
Certificado de convivencia de servicios sociales(solo en algunos casos)
Solo si vives en un domicilio compartido con personas con las que no tienes vínculo familiar.
Informe de vulnerabilidad de servicios sociales(solo en algunos casos)
Necesario en los supuestos de violencia de género, trata o jóvenes extutelados.
Cómo solicitar Ingreso Mínimo Vital (IMV) paso a paso
Paso 1: Comprueba antes si te corresponde con el simulador oficial
La Seguridad Social publica un simulador anónimo que estima si cumples los requisitos de renta y patrimonio y qué importe te correspondería. No hace falta identificarse y evita presentar una solicitud condenada a la denegación.
Canal: InternetDuración estimada: 10 minutosAbrir el trámite
Paso 2: Reúne toda la documentación antes de empezar
La solicitud no se puede guardar a medias con comodidad, y presentarla incompleta abre un requerimiento que añade semanas. El empadronamiento colectivo e histórico es el documento que más tarda en conseguirse: pídelo en tu ayuntamiento con antelación.
Canal: PresencialDuración estimada: según el ayuntamiento
Paso 3: Presenta la solicitud por internet
Hay dos vías. Con certificado digital, DNIe o Cl@ve entras directamente en la sede electrónica. Sin ningún medio de identificación puedes usar el formulario del servicio sin certificado, que exige adjuntar una foto del DNI y genera un código de seguimiento.
Guarda el justificante: contiene la fecha de presentación, que es la que determina desde cuándo se cobra.
Canal: InternetDuración estimada: 45 minutosAbrir el trámite
Paso 4: Si prefieres presentarla en persona, pide cita previa
Se atiende en los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS) con cita previa, que se solicita por internet o por teléfono. También se admite el envío por correo administrativo.
Canal: PresencialDuración estimada: 30 minutos
Paso 5: Inscríbete como demandante de empleo
Si no trabajas, tienes que estar inscrito en el servicio público de empleo de tu comunidad autónoma. Es un requisito que se comprueba y una causa habitual de denegación.
Canal: InternetDuración estimada: 15 minutos
Paso 6: Espera la resolución y responde a los requerimientos
El plazo máximo es de seis meses. Si te llega un requerimiento de documentación tienes un plazo corto para contestar; pasado ese plazo el expediente se archiva y hay que volver a empezar. Revisa tanto el correo postal como las notificaciones electrónicas.
Canal: Cualquier canalDuración estimada: hasta 6 meses
Fechas y plazos
| Trámite | Fecha |
|---|---|
| Presentación de la solicitudNo hay convocatoria: es una prestación permanente | Cualquier día del año |
| Resolución de la Seguridad SocialTranscurrido el plazo sin respuesta, la solicitud se entiende denegada | Máximo 6 meses |
| Efectos económicosLos atrasos se abonan cuando se resuelve favorablemente | Primer día del mes siguiente a la solicitud |
| Comunicación de cambiosCambios de domicilio, de ingresos o de composición del hogar | 30 días naturales |
Cómo se calcula lo que vas a cobrar
El IMV no es una cantidad fija. La fórmula es sencilla de enunciar y difícil de calcular a ojo:
Importe mensual = renta garantizada de tu hogar − ingresos computables del hogar
La renta garantizada depende del número de adultos y menores que conviven y de si el hogar es monoparental. Los ingresos computables son el promedio mensual de todas las rentas del ejercicio anterior: salarios, prestaciones, pensiones, rendimientos del capital y determinadas ayudas.
Dos consecuencias prácticas que sorprenden a mucha gente:
- Si el resultado es inferior a 10 € al mes, no se reconoce la prestación.
- Se toman los ingresos del año anterior, no los actuales. Alguien que perdió el empleo hace dos meses puede ver denegada la solicitud por lo que ganó el año pasado. Existe una vía específica para acreditar que la situación de vulnerabilidad se produjo durante el año en curso.
Además del límite de rentas hay un test de activos: aunque tus ingresos sean bajos, si el patrimonio neto del hogar supera el umbral que corresponde a su tamaño, la solicitud se deniega. La vivienda habitual no computa.
Qué obligaciones tienes una vez lo cobras
Cobrar el IMV no es el final del trámite. Estas son las obligaciones que más disgustos dan:
- Presentar la declaración de la renta todos los años, aunque no tengas obligación por tus ingresos y aunque no tengas que pagar nada. Afecta a todos los miembros de la unidad de convivencia. No hacerlo puede suspender la prestación.
- Comunicar cualquier cambio en 30 días: domicilio, nacimiento, separación, entrada o salida de alguien del hogar, o variación de ingresos.
- Mantener la inscripción como demandante de empleo si no trabajas.
- Devolver lo cobrado de más. La Seguridad Social revisa los expedientes con los datos fiscales del año siguiente y reclama las diferencias. Es la causa más frecuente de deudas inesperadas.
La prestación se revisa anualmente de oficio con los datos fiscales, así que el importe puede subir, bajar o extinguirse sin que tú hagas nada.
Qué hacer si te lo deniegan
La tasa de denegación del IMV es alta, y una parte importante corresponde a expedientes que sí cumplían los requisitos pero tenían un defecto formal.
Si recibes una resolución denegatoria:
- Lee el motivo concreto. Suele ser uno de estos tres: superar el umbral de rentas del año anterior, superar el test de activos, o no acreditar la convivencia.
- Tienes 30 días hábiles para presentar una reclamación previa ante el INSS. Es un trámite gratuito, no necesitas abogado y es requisito imprescindible antes de ir a la vía judicial.
- Si la reclamación previa también se desestima, dispones de 30 días hábiles para demandar ante el Juzgado de lo Social. El procedimiento en materia de prestaciones no tiene costas para el solicitante.
- Si el motivo fue documentación incompleta, a veces compensa más volver a solicitar con el expediente bien montado que reclamar.
Los servicios sociales de tu ayuntamiento y las entidades del tercer sector acreditadas ayudan gratuitamente con estos trámites.
Errores que hacen perder la ayuda
Motivos reales de denegación o retraso que se pueden evitar antes de presentar la solicitud.
Presentar el certificado de empadronamiento individual en lugar del colectivo e histórico
Requerimiento de subsanación que retrasa el expediente varias semanas
Cómo evitarlo: Pide expresamente en el ayuntamiento el volante colectivo con histórico de convivencia: acredita quién vive contigo y desde cuándo, que es justo lo que la Seguridad Social necesita comprobar.
No presentar la declaración de la renta al año siguiente
Suspensión de la prestación y posible reclamación de lo cobrado
Cómo evitarlo: Todos los miembros de la unidad de convivencia deben declarar cada año, aunque sus ingresos estén por debajo del mínimo obligatorio y aunque el resultado sea cero.
No comunicar que alguien entra o sale del hogar
Cobro indebido que la Seguridad Social reclama con posterioridad
Cómo evitarlo: Cualquier cambio en la composición del hogar debe comunicarse en 30 días naturales. Cambia la renta garantizada y, por tanto, el importe que te corresponde.
Desistir tras la primera denegación
Pérdida del derecho durante meses o años
Cómo evitarlo: Presenta reclamación previa en el plazo de 30 días hábiles. Es gratuita y corrige un porcentaje considerable de denegaciones por defectos formales.
Pagar a un intermediario por tramitarlo
Gasto innecesario en un hogar que por definición no puede permitírselo
Cómo evitarlo: El trámite es gratuito y los servicios sociales municipales están obligados a orientar sin coste. Ninguna gestoría acelera la resolución del INSS.
Preguntas frecuentes
¿Puedo cobrar el Ingreso Mínimo Vital si estoy trabajando?
Sí. El IMV está diseñado para complementar rentas bajas, incluidas las del trabajo. Existe además un incentivo al empleo que permite que, al empezar a trabajar, no se descuente inmediatamente todo el nuevo salario, para que aceptar un empleo nunca salga a perder.
¿Cuánto tarda en resolverse la solicitud?
El plazo máximo legal es de seis meses desde la presentación. En la práctica varía mucho según la carga de trabajo de la dirección provincial. Si pasan seis meses sin respuesta, la solicitud se entiende denegada por silencio administrativo, lo que abre el plazo para reclamar.
¿Desde cuándo se cobra si me lo conceden?
Los efectos económicos se producen desde el primer día del mes siguiente al de la solicitud. Como la resolución tarda, el primer pago suele incluir los atrasos acumulados desde esa fecha.
¿Tengo que pedir aparte el complemento por hijos?
No. El Complemento de Ayuda para la Infancia se solicita con el mismo formulario del IMV y se abona sumado a la prestación. Además, puede reconocerse a hogares que no llegan a cobrar el IMV pero sí cumplen sus umbrales específicos, que son más amplios.
¿Se puede solicitar sin certificado digital ni Cl@ve?
Sí. La Seguridad Social mantiene un formulario específico que no requiere identificación electrónica: se rellena en línea, se adjunta una foto del documento de identidad y se obtiene un código para seguir el estado del expediente.
¿El IMV es compatible con la renta mínima de mi comunidad autónoma?
En la mayoría de comunidades sí, pero funcionan de forma escalonada: la renta autonómica descuenta lo que ya cobras del Estado y abona solo la diferencia. Consulta las condiciones concretas en la consejería de servicios sociales de tu comunidad.
¿Cuánto patrimonio puedo tener sin perder la ayuda?
El límite depende del número de miembros del hogar y excluye la vivienda habitual. Se comprueba tanto el patrimonio neto total como un test de activos no societarios más restrictivo. Superar cualquiera de los dos supone la denegación aunque los ingresos sean muy bajos.
Compatibilidad con otras ayudas
El IMV es compatible con trabajar. Existe un incentivo al empleo pensado precisamente para que aceptar un trabajo no haga perder la prestación de golpe: durante un tiempo se descuenta solo una parte de los nuevos ingresos.
También es compatible con el Complemento de Ayuda para la Infancia, que se cobra sumado al IMV y se solicita con el mismo formulario, y con las prestaciones por hijo a cargo con discapacidad.
Con las rentas mínimas autonómicas la compatibilidad depende de cada comunidad: casi todas las mantienen, pero descuentan del importe autonómico lo que ya cobras del Estado, de forma que el IMV actúa como suelo y la renta autonómica como complemento.
Es incompatible con percibir simultáneamente otra prestación que cubra la misma necesidad sin haberla declarado, y obliga a haber solicitado previamente cualquier pensión o prestación a la que se tenga derecho: si puedes cobrar una pensión no contributiva y no la pides, el IMV se deniega.
Fuentes oficiales
Toda la información de esta página procede de estos documentos. Si hay discrepancia, prevalece siempre la fuente oficial.
- Ingreso Mínimo Vital — Portal oficial de la Seguridad Social
Organismo gestor · Instituto Nacional de la Seguridad Social · Consultada el 28 de julio de 2026
- Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la que se establece el ingreso mínimo vital
Normativa · Boletín Oficial del Estado · Consultada el 28 de julio de 2026
- Qué es el Complemento de Ayuda para la Infancia (CAPI)
Organismo gestor · Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones · Consultada el 28 de julio de 2026
Esta ayuda interesa a
Esta página es informativa y no sustituye al asesoramiento de la Administración. Las cuantías y los requisitos pueden cambiar con cada convocatoria o con la publicación de nueva normativa en el BOE. Si detectas un dato desactualizado, avísanos.
Otras ayudas que puedes pedir
Seleccionadas por afinidad con tu situación. Muchas son compatibles entre sí y se pueden cobrar a la vez.
Renta Garantizada de Ciudadanía (RGC)
La renta mínima de Cataluña. Se calcula sobre el IRSC, fijado en 778,49 € mensuales en 2026 para una persona sola, y sube por tramos hasta el 182 % en hogares de cinco o más miembros.
- Cuantía
- desde 778,49 € al mes
- Organismo
- Comunidades autónomas
Renta Mínima de Inserción Social (RMISA)
La renta mínima de Andalucía, vinculada a un plan de inserción. Va desde 733,60 € mensuales para una persona sola hasta 1.613,92 € en las unidades familiares más numerosas.
- Cuantía
- de 733,60 a 1.613,92 € al mes
- Organismo
- Comunidades autónomas
Renta Mínima de Inserción (RMI Madrid)
La renta mínima de la Comunidad de Madrid. Combina una prestación básica con un complemento variable según el número de personas del hogar, hasta unos 1.134 € mensuales, y va unida a un plan de inserción.
- Cuantía
- hasta 1.134 € al mes
- Organismo
- Comunidades autónomas
Renta de Garantía de Ingresos (RGI)
La renta mínima del País Vasco, gestionada por Lanbide. Parte de una cuantía base de 583,07 € que se incrementa según el tamaño del hogar y los complementos, hasta 874,61 € para una persona sola.
- Cuantía
- hasta 874,61 € al mes
- Organismo
- Comunidades autónomas
Subsidio por desempleo
Ayuda del SEPE para quien ha agotado el paro o no llegó a generarlo. Desde la reforma se cobra por tramos decrecientes: 570 € los primeros seis meses, 540 € los seis siguientes y 480 € a partir de ahí.
- Cuantía
- de 480 a 570 € al mes
- Organismo
- SEPE
Bono social eléctrico
Descuento directo en la factura de la luz para hogares vulnerables. En 2026 se aplica un 42,5 % al consumidor vulnerable y un 57,5 % al vulnerable severo, y lo tramita gratis tu propia comercializadora.
- Cuantía
- 42,5 % o 57,5 % de descuento
- Organismo
- Transición Ecológica