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Ingreso Aragonés de Inserción (IAI): está en extinción y qué pedir ahora

La renta mínima histórica de Aragón, hoy en extinción y sin nuevas solicitudes. Quien la tenía reconocida puede seguir percibiéndola; el resto debe acudir a la Prestación Aragonesa Complementaria del Ingreso Mínimo Vital.

Actualizado el Verificado contra fuente oficial el 2 fuentes oficiales

El plazo de esta convocatoria está cerrado

La información se mantiene publicada porque la convocatoria suele repetirse con condiciones parecidas. Revisa la fecha de actualización antes de tomar decisiones.

Datos de la ayuda

Cuantía
según Ley de Presupuestos de Aragón
Plazo de solicitud
No admite nuevas solicitudesPlazo cerrado
Dónde se aplica
Aragón
Cómo se tramita
Presencial
Dificultad del trámite
Media
Tiempo de solicitud
no aplicable
Plazo de resolución
no aplicable
Ir al trámite oficial

Te lleva a la sede electrónica de Comunidades autónomas

Datos verificados el 28 de julio de 2026 por Redacción.

El Ingreso Aragonés de Inserción fue durante décadas la renta mínima de Aragón. Hoy está en extinción y no admite nuevas solicitudes.

Quien tenía el derecho reconocido antes del cierre puede seguir percibiéndolo en las condiciones de su resolución. Para todos los demás, la vía actual en Aragón es la Prestación Aragonesa Complementaria del Ingreso Mínimo Vital, que como indica su nombre complementa la prestación estatal en lugar de funcionar como sistema paralelo.

Mantenemos esta ficha publicada porque "IAI Aragón" sigue siendo una de las búsquedas más frecuentes sobre ayudas en la comunidad, y quien llega hasta aquí necesita saber dos cosas concretas: si lo que tenía sigue vigente y qué debe solicitar ahora en su lugar. Las dos están respondidas más abajo.

El cambio no dejó a nadie sin cobertura: la reordenación buscó precisamente evitar la duplicidad entre el sistema autonómico y el estatal, que desde 2020 cubre la misma necesidad.

Cuánto se cobra

ConceptoImportePeriodicidad
Cuantía del IAISe fijaba cada año en la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragónsegún Ley de Presupuestosal mes
Nuevas solicitudesLa prestación está en extincióncerradasvariable
Vía actualComplementa el Ingreso Mínimo Vital estatalPrestación Aragonesa Complementaria del IMVal mes

Requisitos

Hay que cumplir los 5 requisitos a la vez. Si falla uno, se deniega la solicitud.

  • Tener el IAI reconocido antes del cierre a nuevas solicitudes

    Solo quienes accedieron antes continúan percibiéndolo, con las condiciones de su resolución.

  • Estar empadronado y residir efectivamente en Aragón

    Al menos con un año de antelación, en el régimen que se aplicaba al IAI.

  • No percibir una prestación similar en otra comunidad autónoma

    Ni el titular ni ningún miembro de la unidad familiar.

  • Tener ingresos inferiores a la cuantía que correspondería

    Computando los de toda la unidad familiar.

  • Ser mayor de 18 y menor de 65 años

    También podían ser titulares los menores de edad que reunieran los requisitos y tuvieran menores a su cargo.

Documentación necesaria

Prepara estos documentos antes de empezar. Presentar la solicitud incompleta es la causa más habitual de retraso.

  • DNI, NIE o pasaporte

    Para los trámites de quienes conservan el derecho.

  • Documentación de revisión que solicite el Gobierno de Aragón

    Para mantener la percepción del IAI reconocido.

  • Resolución del Ingreso Mínimo Vital(solo en algunos casos)

    Necesaria para solicitar la Prestación Aragonesa Complementaria.

Cómo solicitar Ingreso Aragonés de Inserción (IAI) paso a paso

  1. Paso 1: Comprueba si conservas el IAI reconocido

    Si tu resolución es anterior al cierre a nuevas solicitudes, sigues en el régimen del IAI. Consúltalo en el Centro Municipal de Servicios Sociales o Servicio Social de Base de tu localidad, que es donde se tramitaba.

    Canal: PresencialDuración estimada: 30 minutos

  2. Paso 2: Si no lo tienes, solicita el Ingreso Mínimo Vital

    Es el primer paso obligado, porque la prestación aragonesa actual es complementaria de la estatal. Sin resolución del INSS no hay complemento que calcular.

    Canal: InternetDuración estimada: 45 minutos

  3. Paso 3: Solicita la Prestación Aragonesa Complementaria del IMV

    Es la vía vigente en Aragón. Complementa lo que se percibe del Estado hasta el importe garantizado por la comunidad. La información y el trámite están en el portal del Gobierno de Aragón.

    Canal: InternetDuración estimada: 40 minutosAbrir el trámite

  4. Paso 4: Pide orientación en tu Servicio Social de Base

    Los centros municipales de servicios sociales y los servicios sociales comarcales conocen bien la transición entre ambos sistemas y orientan gratuitamente sobre qué corresponde en cada caso.

    Canal: PresencialDuración estimada: 45 minutos

Fechas y plazos

TrámiteFecha
Nuevas solicitudes de IAILa prestación está en extinciónCerradas
Régimen transitorioQuien lo tenía reconocido continúa en sus condicionesSegún cada resolución
Prestación Aragonesa Complementaria del IMVEs la vía vigente para nuevas solicitudesTodo el año

Qué pedir ahora si vives en Aragón

El orden correcto hoy es este:

  1. Ingreso Mínimo Vital. Es la prestación estatal y el punto de partida obligatorio. No exige haber cotizado y su importe depende de la composición del hogar.
  2. Prestación Aragonesa Complementaria del Ingreso Mínimo Vital. Complementa lo anterior hasta el importe que garantiza la comunidad. Se solicita al Gobierno de Aragón con la resolución del INSS.
  3. Ayudas de urgencia municipales o comarcales. Cubren necesidades inmediatas —suministros, alquiler, alimentación— mientras se resuelven las anteriores, que pueden tardar meses.

Si además estás en situación de desempleo, antes de todo esto conviene comprobar el subsidio por desempleo y, con 52 años o más, el subsidio para mayores de 52, que es más protector y además cotiza para la jubilación.

El error más común es quedarse esperando a que reabra el IAI. No va a reabrir: fue sustituido de forma deliberada para evitar la duplicidad con el sistema estatal.

Por qué desapareció

El Ingreso Aragonés de Inserción nació cuando no existía ninguna renta mínima estatal. Durante décadas, las comunidades autónomas fueron la única red de última instancia en España, y cada una construyó la suya con criterios propios.

La llegada del Ingreso Mínimo Vital en 2020 cambió el mapa: por primera vez hubo una prestación estatal que cubría exactamente la misma necesidad. Eso obligó a todas las comunidades a decidir qué hacer con su sistema, y las respuestas fueron distintas:

  • Algunas lo mantuvieron como complemento del estatal: Cataluña, País Vasco, Galicia.
  • Otras lo convirtieron en alternativa para quien no accede al IMV: Andalucía.
  • Y Aragón optó por extinguir el suyo y crear una prestación que complementa directamente al IMV, sin sistema paralelo.

Desde el punto de vista de quien lo solicita, la opción aragonesa simplifica: un solo procedimiento estatal y un complemento autonómico encima, en lugar de dos expedientes con requisitos distintos que había que coordinar.

Lo que no cambia es la recomendación práctica: empezar siempre por el IMV.

Errores que hacen perder la ayuda

Motivos reales de denegación o retraso que se pueden evitar antes de presentar la solicitud.

  • Seguir intentando solicitar el IAI

    Tiempo perdido mientras se retrasa el acceso a la prestación que sí está vigente

    Cómo evitarlo: Está en extinción y no admite nuevas solicitudes. Ve directamente al Ingreso Mínimo Vital y después a la Prestación Aragonesa Complementaria.

  • Creer que al desaparecer el IAI ya no hay nada en Aragón

    Se deja de solicitar una prestación a la que se tiene derecho

    Cómo evitarlo: Existe la Prestación Aragonesa Complementaria del Ingreso Mínimo Vital, que cubre la diferencia hasta el importe garantizado por la comunidad.

  • Solicitar el complemento autonómico sin haber pedido antes el IMV

    No hay base sobre la que calcular el complemento

    Cómo evitarlo: El orden es inflexible: primero el Ingreso Mínimo Vital al INSS, después el complemento al Gobierno de Aragón.

Preguntas frecuentes

¿Se puede solicitar el IAI en 2026?

No. El Ingreso Aragonés de Inserción está en extinción y no admite nuevas solicitudes. Solo siguen percibiéndolo quienes lo tenían reconocido antes del cierre.

¿Qué puedo pedir ahora en Aragón?

Primero el Ingreso Mínimo Vital al Estado y después la Prestación Aragonesa Complementaria del Ingreso Mínimo Vital, que cubre la diferencia hasta el importe garantizado por la comunidad.

¿Sigo cobrando si ya lo tenía concedido?

Sí, quienes tenían el derecho reconocido continúan percibiéndolo en las condiciones de su resolución, atendiendo las revisiones que solicite el Gobierno de Aragón.

¿Por qué se eliminó?

Porque el Ingreso Mínimo Vital estatal pasó a cubrir la misma necesidad desde 2020. Aragón optó por extinguir su sistema paralelo y crear un complemento directo sobre la prestación estatal, lo que simplifica el trámite.

¿Dónde me orientan?

En el Centro Municipal de Servicios Sociales o el Servicio Social de Base de tu localidad. Conocen bien la transición entre ambos sistemas y la orientación es gratuita.

Compatibilidad con otras ayudas

Para quien conserva el IAI reconocido, sigue siendo incompatible con percibir una prestación equivalente en otra comunidad autónoma y con superar el umbral de ingresos de la unidad familiar.

La Prestación Aragonesa Complementaria del Ingreso Mínimo Vital, que es la vía actual, funciona como su nombre indica: complementa al Ingreso Mínimo Vital estatal, no lo sustituye. Hay que solicitar primero el IMV al INSS.

Ambas son compatibles con las ayudas de urgencia de ayuntamientos y comarcas, con el bono social eléctrico y con las ayudas al alquiler.

Fuentes oficiales

Toda la información de esta página procede de estos documentos. Si hay discrepancia, prevalece siempre la fuente oficial.

Comunidades donde se convoca

Esta página es informativa y no sustituye al asesoramiento de la Administración. Las cuantías y los requisitos pueden cambiar con cada convocatoria o con la publicación de nueva normativa en el BOE. Si detectas un dato desactualizado, avísanos.

Otras ayudas que puedes pedir

Seleccionadas por afinidad con tu situación. Muchas son compatibles entre sí y se pueden cobrar a la vez.

Todo el año

Salario Social Básico (Asturias)

La renta mínima del Principado de Asturias. Parte de 461,72 € mensuales para una persona sola y suma complementos vitales del 10 % por menores y jóvenes y del 5 % por dependencia o discapacidad.

Cuantía
desde 461,72 € al mes
Organismo
Comunidades autónomas
Todo el año

Renta Básica de Inserción (Murcia)

La renta mínima de la Región de Murcia. La valoran los servicios sociales municipales y la resuelve el IMAS. Se concede por un año, con comprobación de requisitos a los seis meses.

Cuantía
según composición del hogar
Organismo
Comunidades autónomas
Todo el añoMás consultada

Ingreso Mínimo Vital (IMV)

Prestación de la Seguridad Social que garantiza unos ingresos mínimos a los hogares con rentas insuficientes. En 2026 parte de 733,60 € al mes para una persona sola y llega a más de 1.600 € en hogares numerosos.

Cuantía
desde 733,60 € al mes
Organismo
Seguridad Social
Todo el año

Renta Mínima de Inserción Social (RMISA)

La renta mínima de Andalucía, vinculada a un plan de inserción. Va desde 733,60 € mensuales para una persona sola hasta 1.613,92 € en las unidades familiares más numerosas.

Cuantía
de 733,60 a 1.613,92 € al mes
Organismo
Comunidades autónomas
Todo el año

Renta Mínima de Inserción (RMI Madrid)

La renta mínima de la Comunidad de Madrid. Combina una prestación básica con un complemento variable según el número de personas del hogar, hasta unos 1.134 € mensuales, y va unida a un plan de inserción.

Cuantía
hasta 1.134 € al mes
Organismo
Comunidades autónomas
Todo el año

Renta Valenciana de Inclusión (RVI)

La renta mínima de la Comunidad Valenciana, con cuatro modalidades según si tienes ingresos previos y si firmas el acuerdo de inclusión social. Incluye complementos de alquiler, infancia e incentivo al empleo.

Cuantía
según modalidad y hogar
Organismo
Comunidades autónomas