Ingreso Aragonés de Inserción (IAI): está en extinción y qué pedir ahora
La renta mínima histórica de Aragón, hoy en extinción y sin nuevas solicitudes. Quien la tenía reconocida puede seguir percibiéndola; el resto debe acudir a la Prestación Aragonesa Complementaria del Ingreso Mínimo Vital.
Actualizado el Verificado contra fuente oficial el 2 fuentes oficiales
El plazo de esta convocatoria está cerrado
Datos de la ayuda
- Cuantía
- según Ley de Presupuestos de Aragón
- Plazo de solicitud
- No admite nuevas solicitudesPlazo cerrado
- Lo gestiona
- Consejerías de las comunidades autónomas
- Dónde se aplica
- Aragón
- Cómo se tramita
- Presencial
- Dificultad del trámite
- Media
- Tiempo de solicitud
- no aplicable
- Plazo de resolución
- no aplicable
Te lleva a la sede electrónica de Comunidades autónomas
Datos verificados el 28 de julio de 2026 por Redacción.
El Ingreso Aragonés de Inserción fue durante décadas la renta mínima de Aragón. Hoy está en extinción y no admite nuevas solicitudes.
Quien tenía el derecho reconocido antes del cierre puede seguir percibiéndolo en las condiciones de su resolución. Para todos los demás, la vía actual en Aragón es la Prestación Aragonesa Complementaria del Ingreso Mínimo Vital, que como indica su nombre complementa la prestación estatal en lugar de funcionar como sistema paralelo.
Mantenemos esta ficha publicada porque "IAI Aragón" sigue siendo una de las búsquedas más frecuentes sobre ayudas en la comunidad, y quien llega hasta aquí necesita saber dos cosas concretas: si lo que tenía sigue vigente y qué debe solicitar ahora en su lugar. Las dos están respondidas más abajo.
El cambio no dejó a nadie sin cobertura: la reordenación buscó precisamente evitar la duplicidad entre el sistema autonómico y el estatal, que desde 2020 cubre la misma necesidad.
Cuánto se cobra
| Concepto | Importe | Periodicidad |
|---|---|---|
| Cuantía del IAISe fijaba cada año en la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón | según Ley de Presupuestos | al mes |
| Nuevas solicitudesLa prestación está en extinción | cerradas | variable |
| Vía actualComplementa el Ingreso Mínimo Vital estatal | Prestación Aragonesa Complementaria del IMV | al mes |
Requisitos
Hay que cumplir los 5 requisitos a la vez. Si falla uno, se deniega la solicitud.
Tener el IAI reconocido antes del cierre a nuevas solicitudes
Solo quienes accedieron antes continúan percibiéndolo, con las condiciones de su resolución.
Estar empadronado y residir efectivamente en Aragón
Al menos con un año de antelación, en el régimen que se aplicaba al IAI.
No percibir una prestación similar en otra comunidad autónoma
Ni el titular ni ningún miembro de la unidad familiar.
Tener ingresos inferiores a la cuantía que correspondería
Computando los de toda la unidad familiar.
Ser mayor de 18 y menor de 65 años
También podían ser titulares los menores de edad que reunieran los requisitos y tuvieran menores a su cargo.
Documentación necesaria
Prepara estos documentos antes de empezar. Presentar la solicitud incompleta es la causa más habitual de retraso.
DNI, NIE o pasaporte
Para los trámites de quienes conservan el derecho.
Documentación de revisión que solicite el Gobierno de Aragón
Para mantener la percepción del IAI reconocido.
Resolución del Ingreso Mínimo Vital(solo en algunos casos)
Necesaria para solicitar la Prestación Aragonesa Complementaria.
Cómo solicitar Ingreso Aragonés de Inserción (IAI) paso a paso
Paso 1: Comprueba si conservas el IAI reconocido
Si tu resolución es anterior al cierre a nuevas solicitudes, sigues en el régimen del IAI. Consúltalo en el Centro Municipal de Servicios Sociales o Servicio Social de Base de tu localidad, que es donde se tramitaba.
Canal: PresencialDuración estimada: 30 minutos
Paso 2: Si no lo tienes, solicita el Ingreso Mínimo Vital
Es el primer paso obligado, porque la prestación aragonesa actual es complementaria de la estatal. Sin resolución del INSS no hay complemento que calcular.
Canal: InternetDuración estimada: 45 minutos
Paso 3: Solicita la Prestación Aragonesa Complementaria del IMV
Es la vía vigente en Aragón. Complementa lo que se percibe del Estado hasta el importe garantizado por la comunidad. La información y el trámite están en el portal del Gobierno de Aragón.
Canal: InternetDuración estimada: 40 minutosAbrir el trámite
Paso 4: Pide orientación en tu Servicio Social de Base
Los centros municipales de servicios sociales y los servicios sociales comarcales conocen bien la transición entre ambos sistemas y orientan gratuitamente sobre qué corresponde en cada caso.
Canal: PresencialDuración estimada: 45 minutos
Fechas y plazos
| Trámite | Fecha |
|---|---|
| Nuevas solicitudes de IAILa prestación está en extinción | Cerradas |
| Régimen transitorioQuien lo tenía reconocido continúa en sus condiciones | Según cada resolución |
| Prestación Aragonesa Complementaria del IMVEs la vía vigente para nuevas solicitudes | Todo el año |
Qué pedir ahora si vives en Aragón
El orden correcto hoy es este:
- Ingreso Mínimo Vital. Es la prestación estatal y el punto de partida obligatorio. No exige haber cotizado y su importe depende de la composición del hogar.
- Prestación Aragonesa Complementaria del Ingreso Mínimo Vital. Complementa lo anterior hasta el importe que garantiza la comunidad. Se solicita al Gobierno de Aragón con la resolución del INSS.
- Ayudas de urgencia municipales o comarcales. Cubren necesidades inmediatas —suministros, alquiler, alimentación— mientras se resuelven las anteriores, que pueden tardar meses.
Si además estás en situación de desempleo, antes de todo esto conviene comprobar el subsidio por desempleo y, con 52 años o más, el subsidio para mayores de 52, que es más protector y además cotiza para la jubilación.
El error más común es quedarse esperando a que reabra el IAI. No va a reabrir: fue sustituido de forma deliberada para evitar la duplicidad con el sistema estatal.
Por qué desapareció
El Ingreso Aragonés de Inserción nació cuando no existía ninguna renta mínima estatal. Durante décadas, las comunidades autónomas fueron la única red de última instancia en España, y cada una construyó la suya con criterios propios.
La llegada del Ingreso Mínimo Vital en 2020 cambió el mapa: por primera vez hubo una prestación estatal que cubría exactamente la misma necesidad. Eso obligó a todas las comunidades a decidir qué hacer con su sistema, y las respuestas fueron distintas:
- Algunas lo mantuvieron como complemento del estatal: Cataluña, País Vasco, Galicia.
- Otras lo convirtieron en alternativa para quien no accede al IMV: Andalucía.
- Y Aragón optó por extinguir el suyo y crear una prestación que complementa directamente al IMV, sin sistema paralelo.
Desde el punto de vista de quien lo solicita, la opción aragonesa simplifica: un solo procedimiento estatal y un complemento autonómico encima, en lugar de dos expedientes con requisitos distintos que había que coordinar.
Lo que no cambia es la recomendación práctica: empezar siempre por el IMV.
Errores que hacen perder la ayuda
Motivos reales de denegación o retraso que se pueden evitar antes de presentar la solicitud.
Seguir intentando solicitar el IAI
Tiempo perdido mientras se retrasa el acceso a la prestación que sí está vigente
Cómo evitarlo: Está en extinción y no admite nuevas solicitudes. Ve directamente al Ingreso Mínimo Vital y después a la Prestación Aragonesa Complementaria.
Creer que al desaparecer el IAI ya no hay nada en Aragón
Se deja de solicitar una prestación a la que se tiene derecho
Cómo evitarlo: Existe la Prestación Aragonesa Complementaria del Ingreso Mínimo Vital, que cubre la diferencia hasta el importe garantizado por la comunidad.
Solicitar el complemento autonómico sin haber pedido antes el IMV
No hay base sobre la que calcular el complemento
Cómo evitarlo: El orden es inflexible: primero el Ingreso Mínimo Vital al INSS, después el complemento al Gobierno de Aragón.
Preguntas frecuentes
¿Se puede solicitar el IAI en 2026?
No. El Ingreso Aragonés de Inserción está en extinción y no admite nuevas solicitudes. Solo siguen percibiéndolo quienes lo tenían reconocido antes del cierre.
¿Qué puedo pedir ahora en Aragón?
Primero el Ingreso Mínimo Vital al Estado y después la Prestación Aragonesa Complementaria del Ingreso Mínimo Vital, que cubre la diferencia hasta el importe garantizado por la comunidad.
¿Sigo cobrando si ya lo tenía concedido?
Sí, quienes tenían el derecho reconocido continúan percibiéndolo en las condiciones de su resolución, atendiendo las revisiones que solicite el Gobierno de Aragón.
¿Por qué se eliminó?
Porque el Ingreso Mínimo Vital estatal pasó a cubrir la misma necesidad desde 2020. Aragón optó por extinguir su sistema paralelo y crear un complemento directo sobre la prestación estatal, lo que simplifica el trámite.
¿Dónde me orientan?
En el Centro Municipal de Servicios Sociales o el Servicio Social de Base de tu localidad. Conocen bien la transición entre ambos sistemas y la orientación es gratuita.
Compatibilidad con otras ayudas
Para quien conserva el IAI reconocido, sigue siendo incompatible con percibir una prestación equivalente en otra comunidad autónoma y con superar el umbral de ingresos de la unidad familiar.
La Prestación Aragonesa Complementaria del Ingreso Mínimo Vital, que es la vía actual, funciona como su nombre indica: complementa al Ingreso Mínimo Vital estatal, no lo sustituye. Hay que solicitar primero el IMV al INSS.
Ambas son compatibles con las ayudas de urgencia de ayuntamientos y comarcas, con el bono social eléctrico y con las ayudas al alquiler.
Fuentes oficiales
Toda la información de esta página procede de estos documentos. Si hay discrepancia, prevalece siempre la fuente oficial.
- Ingreso aragonés de inserción (IAI) — Gobierno de Aragón
Organismo gestor · Gobierno de Aragón · Consultada el 28 de julio de 2026
- Prestación Aragonesa Complementaria del Ingreso Mínimo Vital
Organismo gestor · Gobierno de Aragón · Consultada el 28 de julio de 2026
Esta ayuda interesa a
Comunidades donde se convoca
Esta página es informativa y no sustituye al asesoramiento de la Administración. Las cuantías y los requisitos pueden cambiar con cada convocatoria o con la publicación de nueva normativa en el BOE. Si detectas un dato desactualizado, avísanos.
Otras ayudas que puedes pedir
Seleccionadas por afinidad con tu situación. Muchas son compatibles entre sí y se pueden cobrar a la vez.
Salario Social Básico (Asturias)
La renta mínima del Principado de Asturias. Parte de 461,72 € mensuales para una persona sola y suma complementos vitales del 10 % por menores y jóvenes y del 5 % por dependencia o discapacidad.
- Cuantía
- desde 461,72 € al mes
- Organismo
- Comunidades autónomas
Renta Básica de Inserción (Murcia)
La renta mínima de la Región de Murcia. La valoran los servicios sociales municipales y la resuelve el IMAS. Se concede por un año, con comprobación de requisitos a los seis meses.
- Cuantía
- según composición del hogar
- Organismo
- Comunidades autónomas
Ingreso Mínimo Vital (IMV)
Prestación de la Seguridad Social que garantiza unos ingresos mínimos a los hogares con rentas insuficientes. En 2026 parte de 733,60 € al mes para una persona sola y llega a más de 1.600 € en hogares numerosos.
- Cuantía
- desde 733,60 € al mes
- Organismo
- Seguridad Social
Renta Mínima de Inserción Social (RMISA)
La renta mínima de Andalucía, vinculada a un plan de inserción. Va desde 733,60 € mensuales para una persona sola hasta 1.613,92 € en las unidades familiares más numerosas.
- Cuantía
- de 733,60 a 1.613,92 € al mes
- Organismo
- Comunidades autónomas
Renta Mínima de Inserción (RMI Madrid)
La renta mínima de la Comunidad de Madrid. Combina una prestación básica con un complemento variable según el número de personas del hogar, hasta unos 1.134 € mensuales, y va unida a un plan de inserción.
- Cuantía
- hasta 1.134 € al mes
- Organismo
- Comunidades autónomas
Renta Valenciana de Inclusión (RVI)
La renta mínima de la Comunidad Valenciana, con cuatro modalidades según si tienes ingresos previos y si firmas el acuerdo de inclusión social. Incluye complementos de alquiler, infancia e incentivo al empleo.
- Cuantía
- según modalidad y hogar
- Organismo
- Comunidades autónomas